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Lucía Topolansky: “En Uruguay hay licenciaturas de seis meses

Lucía Topolansky: “En Uruguay hay licenciaturas de seis meses”

on: agosto 23, 2017En: Educación, Frente Amplio, Portada
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La senadora del Frente Amplio Lucía Topolansky brindó una entrevista al programa radial Fuentes Confiables de Radio Universal. Durante el diálogo con Aldo Silva, Topolansky recorrió una serie de temas, mayormente relacionados a la situación del vicepresidente Raúl Sendic. Sobre esto último, el conductor le consultó sobre sus declaración acerca de que había visto el título de Licenciado de Sendic a lo cual respondió: “Yo lo que vi, y lo tengo en mi casa, fue lo que Sendic le llevó a la jueza. Qué son: un estudio que realizó durante tres años, los cursos que se hicieron en tres años:un año teórico, un año de práctica y un año de investigación. En Uruguay hay licenciaturas de seis meses” ¿es esto último correcto?

“Yo lo que vi, y lo tengo en mi casa, fue lo que Sendic le llevó a la jueza. Qué son: un estudio que realizó durante tres años, los cursos que se hicieron en tres años:un año teórico, un año de práctica y un año de investigación. En Uruguay hay licenciaturas de seis meses”
Lucía Topolansky

 970 Universal

La regulación de la enseñanza terciaria en Uruguay
Una serie de leyes y decretos nacionales enmarcan la inclusión y gestión, tanto de instituciones como de carreras de nivel terciario. De todas las normativas, las más importantes son tres. En primer lugar, la Ley 15.661 del 29 de Octubre de 1984, en la que se establece que los títulos profesionales expedidos por universidades privadas tendrán “idénticos efectos jurídicos” que los otorgados por la Universidad de la República. Esto equipara los efectos de completar una carrera pública o privada.

Posteriormente, en el año 1995 se aprueba el Decreto 308/995, en cuyo artículo 22 se crea el Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada cuyo objetivo es asesorar al Ministerio de Educación en términos de reconocimiento de nivel académico y de solicitudes de inclusión de nuevas carreras, entre otras responsabilidades.

Adicionalmente este decreto establece qué se considera enseñanza universitaria, otorgando tal categoría a la enseñanza de nivel terciario que debido a su rigor científico, profundidad epistemológica y “apertura a las distintas corrientes de pensamiento” promueve la formación de estudiantes capacitados “para la comprensión crítica y creativa del conocimiento adquirido, integrando esa enseñanza con procesos de generación y aplicación del conocimiento mediante la investigación y la extensión de sus actividades al medio social”.

Por último, este decreto de 1995 enmarca el concepto de licenciatura. Según este documento, la licenciatura universitaria, para poder ser reconocida como tal debe tener una duración no menor a 1.800 horas-reloj de clase, distribuidas en no menos de cuatro años lectivos.

Definición de Licenciatura
Quizás el documento más importante a la hora de pensar en las licenciaturas y qué criterio se utiliza para denominarlas como tales es el Decreto 104/014, que sustituye al anteriormente citado. El mismo data del 28 de abril de 2014 y en él se vuelven a establecer las condiciones que una carrera debe tener para ser considerada terciaria, universitaria y licenciatura, aumentando en 400 horas el mínimo requerido para una licenciatura en comparación con el decreto de 1995: “Licenciatura universitaria: carrera de primer grado terciario universitario. La carga horaria de los estudios no será inferior a las 2200 horas de clase o actividades educativas supervisadas, o en una modalidad educativa a distancia, semipresencial o equivalente, distribuidas en un lapso no inferior a cuatro años lectivos. El título a expedir será el de “Licenciado/a”.”

El sitio de Presidencia publicó un artículo luego de la aprobación del decreto, en el que se dice que “actualiza la normativa de acuerdo a las necesidades del país, los alumnos y de las propias entidades”.

Conclusión
En entrevista a Fuentes Confiables, Lucía Topolansky dijo que “En Uruguay hay licenciaturas de seis meses”. De acuerdo con los decretos y leyes vigentes, ninguna carrera universitaria puede llevar tal nomenclatura si su extensión es inferior a las 2.200 horas, que tienen que repartirse en no menos de 4 años lectivos. Si bien están contempladas otras modalidades de cursada con cargas horarias y duraciones inferiores, estas no pueden llevar el nombre de licenciaturas ni por lo tanto entregar títulos de Licenciado. Esta imposibilidad legal causa que la afirmación de la senadora reciba la calificación de ridícula.

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