La actual vice-presidente, Lucía Topolansky, se ha ubicado últimamente en el centro de la opinión pública por sus afirmaciones, especialmente aquellas relacionadas al caso Sendic. En una reciente entrevista para Televisión Nacional, Topolansky manifestó que Uruguay era un país de avanzada en términos de acceso a la información pública dado que cuenta con una ley que no tiene ningún otro país de la región. ¿Es realmente así?
“Los gobiernos del Frente Amplio pusieron la ley de acceso a la información, que no la tiene ningún país de Latinoamérica, y no sé del mundo si la tiene alguno”
Lucía Topolansky
Vice-presidente
El acceso a la información en Uruguay
El derecho a acceder a la información pública quedó plasmado a través de la ley 18.381, aprobada en octubre de 2008. En su artículo 3º, la ley establece que: “el acceso a la información pública es un derecho de todas las personas, sin discriminación por razón de nacionalidad o carácter del solicitante, y que se ejerce sin necesidad de justificar las razones por las que se solicita la información”.
Además, se establece el concepto de “información pública” entendiendo ésta como: “toda la que emane o esté en posesión de cualquier organismo público, sea o no estatal, salvo las excepciones o secretos establecidos por ley, así como las informaciones reservadas o confidenciales” (art. 2º). La ley también crea el órgano de control de la ley, la Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP).
Justamente, la UAIP publica anualmente informes de utilización y cumplimiento de la ley. En el más reciente, el Informe Anual sobre el estado de situación el Derecho de Acceso a la Información Pública en Uruguay 2015-2016, se establece que en 2015 se realizaron un total de 3.084 solicitudes de acceso a la información pública. La Junta Departamental de Montevideo, la Intendencia de Montevideo, y el Ministerio de Educación y Cultura fueron los organismos que más solicitudes recibieron. El 90% del total resultaron en acceso total a la información, el 7% fueron denegadas y el 3% tuvieron respuestas múltiples.
Cabe aclarar que estos datos surgen de la información enviada por los diversos organismos a la casilla de correo electrónico implementada por la UAIP para este fin.
Fuente: Informe Anual sobre el estado de situación el Derecho de Acceso a la Información Pública en Uruguay 2015-2016 – UAIP
Los investigadores de la Universidad Católica, Rafael Piñeyro y Cecilia Rossel, realizaron un estudio respecto a la utilización de esta ley por parte de los periodistas y el cumplimiento general a la normativa. El informe, titulado “Del dicho al hecho: derecho de acceso a la información pública en Uruguay”, da cuenta de que aunque existe un alto conocimiento de esta ley entre los periodistas, menos de un tercio declara haberla usado.
En términos de cumplimiento con la ley, existen algunos sesgos sobre quienes tienen más posibilidades a recibir respuestas, por ejemplo aquellos que evocan la normativa y los hombres.
El acceso a la información en el mundo
De acuerdo al sitio de la UNESCO, el derecho a la información forma parte del derecho fundamental a la libertad de expresión, reconocido este en la Resolución 59 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1946) y en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948).
Uno de los antecedentes más importantes es de Estados Unidos y el Freedom of Information Act (FOIA), aprobado en 1966. Más hacia fines del siglo XX aprobaron legislaciones similares Canadá (1983) y Colombia (1985), convirtiéndose éste último en el primer país de América Latina en reconocer en un estatuto este derecho, de acuerdo a la publicación Acceso a la información: Lecciones de la América Latina, publicado por UNESCO este año. De acuerdo al sitio independiente de defensa de estas iniciativas, FreedomInfo.org, en el mundo ya existen más de cien países con leyes de acceso a la información.
En nuestra región, la proliferación de legislación sobre el derecho a la información pública se dio a partir de la década de los 2000. El caso más reciente es el de Argentina y su aprobación en 2016. Los países que aún no han promovido iniciativas de este tipo, según UNESCO, son Bolivia, Costa Rica, Cuba, y Venezuela. Inclusive, el documento antes mencionado señala que algunas de las leyes aprobadas en América Latina, como las de México, Chile, Brasil y Uruguay, son más detalladas, aplican sistemas informativos digitales y abarcan a más niveles de gobierno que las primeras leyes aprobadas en América.
Fuente: Observatorio 10 – CEPAL
Conclusión
En una entrevista en TNU, Lucía Topolansky señaló que ningún país latinoamericano, salvo Uruguay, tiene leyes de acceso a la información pública. Sin embargo, el antecedente más remoto es el de Colombia que aprobó su ley en 1985 y el más actual el de Argentina quien lo hizo el año pasado. De acuerdo a UNESCO, sólo cuatro los países de la región que no cuentan con leyes de este tipo, e inclusive algunos de ellos -como México, Chile y Brasil- tiene legislación muy avanzada respecto a las originales. Por lo tanto, la afirmación es Ridícula.